2008-06-04

¿Por qué y para qué?

¿POR QUÉ Y PARA QUÉ LA ÉTICA EN TRABAJO SOCIAL?

NATIVIDAD DE LA RED
Trabajadora Social
Catedrática de la EUTS de la Universidad de Valladolid



Comienzo esta comunicación agradeciendo el haber sido invitada a participar en esta Jornada sobre la ETICA en Trabajo social. Así mismo felicito a la Organización de la Escuela de Trabajo Social de Vitoria por la oportunidad que nos ofrecen para valorar las exigencias éticas actuales que este tema presenta diariamente a los profesionales. Y en segundo lugar quiero expresar mi interés por seguir las aportaciones que los estudiosos ofrecen sobre nuestro tema hoy, así como los dilemas con los que, en la realidad práctica, encuentran los mismos profesionales necesitados de preparación, reflexión y aplicación ética.

Desde mi condición de deudora, por tanto hacia unos y otros, pongo a disposición mis reflexiones en este encuentro[1].

Por qué la ética profesional en trabajo social

La ética ha estado presente en el proceso y desarrollo del trabajo social pero no siempre con la misma intensidad. La mayor o menor relevancia ha estado unido a la incidencia que proyecta en cada época.

Hoy la ética es importante. Pero no siempre ha sido así. Durante tiempos prolongados la ética pasaba por ser la cenicienta de la filosofía y a casi nadie inquietaba demasiado su identidad borrosa. Sin embargo despierta hoy más interés que ninguna otra rama de entre todas las del tronco filosófico. Y quizá sea también la más compleja.

Actualmente se la reivindica para que reorganice y hasta presida la fiesta de lo social, como cuando se llama a los bomberos por si pueden controlar los incendios desatados. Ya Hegel apuntó, que cuando flaquea la moralidad las instituciones como la familia, la sociedad civil o el Estado, se reclama la eticidad o la reflexión sobre los principios, para volver a establecer lo que está bien y lo que está mal. Porque a la ética pertenece el quehacer de, reflexionar sobre los criterios básicos, conforme a los cuales corresponde discernir los comportamientos y las opciones de las personas, y al tiempo sugerir qué valores y criterios han de respetarse individual y socialmente.

Por eso la ética es saber teórico con proyección práctica. Saber, ciencia, no opinión ni acción de color y tampoco mero actuar; pero sí entraña y corazón de las acciones. La ética, en cuanto tal, no es ni existe como acción. Lo que se dan y deben darse son acciones éticas. Lo suyo es observar, evaluar, criticar y refundamentar con validez racional, universal, y en empatía y prospectiva. Podría valer aquí la afirmación de Aristóteles: “no reflexionamos para saber qué es la virtud, sino para hacernos virtuosos” (Ética a Nicómaco, 1103 b).

De entrada, me parece podemos convenir que la atención a la ética en trabajo social se deriva, por una parte, de la importancia que está adquiriendo en el contexto general actual hoy y además por la naturaleza del ámbito específico en el que se sitúa el profesional.

Porque el respeto a los valores y criterios éticos, se hacen más necesarios en aquellas situaciones en las que con frecuencia se sitúa el trabajo social al estar influidas por la vulnerabilidad o la marginación.

En estas situaciones, la ética que arraiga en las profundidades del deseo de ser feliz y tener una vida realizada, encuentra más obstáculos. Por ello se hace necesario, por parte del profesional, un “plus” de conocimientos sobre dinámicas a emprender, de estrategias a seguir y técnicas y habilidades a utilizar, para el acercamiento a la felicidad como fin ético de toda persona, grupo o colectivo, también en circunstancias adversas.

Los obstáculos a dicho fin no son solo personales, por ello, para una adecuada perspectiva ética del trabajo social, no es suficiente la observación y evaluación individual y contextual, se hace también necesario tener presente los condicionamientos más amplios que inciden en la situación. Además de los referentes micro, se han de considerar los referentes meso y macro, para detectar en ellos todo aquello que se interpone a los derechos humanos, a la justicia social y en definitiva al derecho y acceso a la igualdad de oportunidades en el desarrollo de un nivel de vida digno.

Por ello las competencias y compromiso social del trabajo social no encuentran cumplida respuesta en la intervención directa, ni siquiera en esta intervención y en las políticas sociales y abarca, por responsabilidad profesional, tener presente el cómo y por qué de la incidencia del marco más amplio, en los frenos a la felicidad de algunos y la aportación a la felicidad de otros.

Nos dice T. POGGE que, se hace necesario también conocer “el grado en que las personas y la sociedades prósperas tienen obligación de ayudar a las que están peor que ellas. Algunos niegan que exista una obligación de ese tipo, otros afirman que estas obligaciones son demasiado exigentes. (….) El debate ignora que también nos relacionamos con ellos, y de manera más significativa, en calidad de beneficiarios y defensores de un orden institucional global, que contribuyen substancialmente al hambre que padecen” (2005: 154-155) o a la situación de vulnerabilidad o marginación.

Todo ello añade complejidad a la intervención del trabajador social; complejidad que se acrecienta con la dinámica y evolución de necesidades, derechos, normas…, los cuales inciden en el objeto y objetivo del trabajo social. Se hace preciso revisar los contenidos y el énfasis en unos u otros principios. Así, la Asamblea General de la Federación Internacional de Trabajo Social ( FITS en lo sucesivo), celebrada en Ginebra en julio de 2002, acuerda reemplazar el documento de “Ética del trabajo social” de 1994 para adaptarlo a la nueva definición del trabajo social, aprobada por la misma Federación en julio de 2000. La propuesta encargada a la comisión de la F.I.T.S., fue considerada en la Asamblea celebrada en el año 2004, después de un proceso de dos años de consultas, debates y escuchas a diversos organismos de la Federación. Pone el énfasis en los principios que constituyen las dimensiones de la ética en trabajo social destacando los relacionados con:

El cumplimiento y desarrollo de los derechos humanos.
La justicia social, su evolución y concreción.
La conducta profesional, desde la deontología profesional.

Estas dimensiones constituyen las referencias fundamentales en el actual documento de ética de la F.I.T.S.

1.a. El por qué de la ética en trabajo social desde la referencia de los derechos humanos.

Desde la propuesta planteada por las F.I.T.S. en 2004 caben algunas reflexiones que orienten la acción profesional sobre la persona como sujeto ético de dignidad y de derechos universales.

El trabajo social se sitúa habitualmente allí donde los derechos humanos y las medidas de política social no están presentes ni llegan o llegan con dificultad. Al trabajo social le corresponde potenciar las capacidades de los usuarios, para facilitar el acceso a esos recursos y remover los obstáculos que se interponen a los mismos.

A esta situación se añade con frecuencia la ruptura o erosión de los vínculos sociales. Nos advierte A. TOURAINE que “los grupos de proximidad, la familia, los compañeros, el medio escolar o profesional, parecen por todas partes en crisis, dejando al individuo en una soledad que conduce bien a la depresión, o bien a la búsqueda de relaciones artificiales y peligrosas” y que “las consecuencias negativas de este vacío social golpean, sobre todo, a las categorías más débiles y más dependientes” (2004:91).

Considerar los derechos humanos desde la dignidad y realidad de cada uno y de todos los humanos, desencadena una serie de deberes correlativos a derechos. Y ello es aplicable a todos los ámbitos a los que nos referíamos más arriba, micro, meso, macro.

Una dinámica de derechos y deberes nos lleva a recordar que, con frecuencia, se reclama una ética de los derechos al tiempo que se olvidan los deberes. Reclamar derechos sin asumir deberes es contradictorio, como lo es formular grandes principios sin ánimo de concreción. Si no se manifiestan o explicitan en la acción, son letra muerta. Pocos gobiernos del mundo dejaron de suscribir la Declaración de los Derechos Humanos. Nadie desprecia los conceptos y las palabras solidaridad, tolerancia y democracia. Sin embargo, ni se cumplen en todos los países ni llegan a todas las personas. Cuanto más abstractos y universales son los principios y los valores éticos, menos dificultad existe en reconocerlos. Ello no significa, no obstante, que se traduzcan en aplicación concreta y puntual. Se producen así frecuentes desajustes entre el valor ético en lo abstracto y la concreción específica y operativa.

En este marco no podemos eludir la responsabilidad del trabajo social en la protección y promoción de los derechos y de los deberes. Descuidar los deberes entraña además una contradicción en el bienestar, en la calidad de vida y en la equidad. Y ello es así porque declinar el ejercicio de los derechos, genera pasividad al no favorecer el desarrollo de las capacidades potenciales y, por tanto, inhibición del desarrollo de la dignidad. Además, el descuido de los deberes y por las causas anteriores, arroja posibles efectos también negativos en la legitimación social de las políticas sociales. La población puede tender a frenar el apoyo a las políticas sociales cuando no percibe la implicación y el progreso derivados de los recursos e impuestos que se gestionan desde las políticas sociales, desde los servicios sociales, desde la intervención social.

La aportación profesional en el avance del reconocimiento y concreción de derechos y deberes, no se produce sólo desde la intervención operativa y para la aplicación de los derechos existentes. Se constata, con frecuencia que existen necesidades no cubiertas por los derechos y normas vigentes. El trabajo social, en estos casos, debe ser también promotor de derechos y normas sociales, para incidir en todas las dimensiones requeridas por la ética. Para ello es importante una sólida y continua formación permanente que mantenga la capacidad de conocimiento y análisis de necesidades existentes no reconocidas y la capacidad de propuestas viables, organizativas y normativas para la cobertura de las mismas.

Desde estas reflexiones y a la luz de su trayectoria, podemos observar, como es bien conocido por todos, que el trabajo social ha contribuido más a la concreción de los derechos existentes a nivel micro a través de la normativa reconocida y su aplicación, que a la formulación de nueva normativa y a la conceptualización y reconocimiento de nuevos derechos necesarios para la cobertura de necesidades a las que no llegan cumplidas respuestas.

Resulta además, que esa concreción se sitúa en ámbitos marcados por dificultades relacionadas con los límites de autonomía y de autodeterminación de las personas con las que trabaja, que se encuentran con frenos diversos en el acceso a los recursos sociales disponibles. En estas situaciones, además, no son infrecuentes las carencias de responsabilidad social y de capacidad de organización, etc. Todo ello influye en la escasa relevancia y visibilidad de su intervención lo que repercute, a su vez, en el efecto de su compromiso social.

A este respecto podemos recordar lo afirmado por A. TOURAINE (1997), cuando nos advierte sobre los peligros de vivir demasiado inhibidos de los compromisos. A veces, como reacción a deberes de sumisión muy marcados en otras épocas, surge una cultura en la que predomina la exigencia de todo tipo de derechos, acompañada de la búsqueda de la felicidad personal e individual con escasa dimensión social.



1.b. — Ética y justicia social en trabajo social

Si hasta aquí hemos aludido a las exigencias éticas que se derivan del marco de los derechos sociales, no podemos obviar, tal como nos presenta el nuevo Documento de Ética de la F.I.T.S., que los trabajadores sociales tienen la responsabilidad de promover la justicia social en relación con la sociedad en general, y en relación con las personas con las que trabajan.

En trabajo social ha prevalecido el enfoque de justicia social, asociado a la concreción de los derechos humanos y sociales, de modo que el sentido de los derechos humanos es indisociable de la exigencia de justicia en aquellos elementos que conforman el “ser” de la persona[2].

La concreción, en este marco conceptual de la justicia social desde el trabajo social, viene marcada por dos referencias axiológicas: la igualdad (considerar y resolver todos los problemas desde y para la igualdad de los seres humanos) y la reciprocidad (entender las relaciones humanas en clave de participación equitativa). Ambas referencias, en una realidad de desigualdades, nos lleva a la dimensión de la distribución justa o de la justicia distributiva.

Permanecen aún, en el terreno de lo discutible, las modalidades concretas de hacer efectiva esta justicia distributiva, y el papel de las instituciones públicas, de las privadas, u otras. En cualquier caso, desde la perspectiva de los derechos humanos, a los que debería corresponder una justicia también humana y social, se deberá promover, desde cualquier institución implicada en la acción social éticamente conducida, en primer lugar el sentido de la universalidad.

Esto supone para el día a día del trabajo social que no se limite la atención a categorías específicas y sí a necesidades humanas con una atención generalizada y de calidad, y que dicha atención se desarrolle por una intervención profesional conducida desde lo que podemos llamar bien interno de las prácticas; esto es, que toda práctica social con los clientes o usuarios, esté animada por un bien interno que active las capacidades de las personas para facilitar una dinámica superadora de dependencias y orientada a un proyecto de vida “lograble”.


1.c. Por qué la ética en trabajo social: Por exigencias de compromiso profesional

El tercer principio que nos propone el documento de Ética de la F.I.T.S. se centra en la conducta profesional, en el comportamiento deontológico, desde el marco de los derechos humanos y a través de la justicia social.

En este escenario, la actuación profesional, para que responda a las exigencias éticas, tiene que basarse en los tres elementos que vienen a relacionarse con tres dimensiones de la ética:

Los cauces de conducta según las normas éticamente aceptables y deseables.
Los conocimientos específicos en los que se fundamenta la acción profesional.
Las habilidades y destrezas técnicas y su aplicación en las situaciones que intenta resolver.

Todo ello constituye los ejes sobre los que se ha desarrollado el trabajo social desde sus orígenes, para ejercer una profesión y para ejercerla bien.

En definitiva[3], es evidente la estrecha relación entre ética y deontología profesional en trabajo social. Cabe observar que la mayor incidencia en la trayectoria ética, por tanto en la deontología del trabajo social, provienen de la concepción de la democracia, las materias jurídicas, las ciencias humanas y sociales, la política social, además de la economía, las nuevas tecnologías aplicadas a los servicios personales, la bioética (M.P. PONTICELLI, 2005: 166 y ss.).


2. Para qué la ética profesional en trabajo social

Para mejorar la calidad de vida. La felicidad y el bienestar son fines comunes de la ética y del trabajo social. Dichos fines sólo son posibles desde el estilo de convivencia que permita que todos los ciudadanos puedan opinar y elaborar consensos mínimos en beneficio de todos, puesto que los seres humanos son relacionales, convivenciales, hechos los unos para los otros.

Las crisis que surjan por las diferencias, encuentran el camino lógico de solución a través del diálogo. Y si las dificultades que se interponen al bienestar pueden ser individuales, directa, colectivas y globales, no es suficiente, para un enfoque ético, fundamentado con la intervención directa en situaciones puntuales e individuales o grupales, se hace necesario la tener presente también la dimensión ética en las instituciones desde las que se desarrolla la profesión y las situaciones globales, que influyen y “explican” con frecuencia las dos dimensiones anteriores. El desarrollo de la historia y de la cultura no se habría producido sin el diálogo.

En la historia del trabajo social, se observa el énfasis de esta dimensión en el ámbito concreto del trabajo diario con los usuarios. Sin embargo, para que este estilo profesional logre una incidencia más allá de la intervención directa con los usuarios, en las instituciones y organizaciones sociales y en las políticas y los derechos humanos y sociales debe plantearse el desafío de mayor protagonismo en las teorías, técnicas y habilidades, las cuales puedan avanzar por el paso del consenso de la norma al consenso de la igualdad, de modo que esa integración entre ideas, metodología y acción se conduzcan armónicamente.

La atención casi exclusiva del trabajo social a la intervención directa y la escasa aportación a situaciones más amplias, limita en gran medida su incidencia más allá de la casuística. Desde la riqueza práctica que acumula la profesión, se vive con esperanza el avance en la sistematización y evolución teórica, para la ampliación de perspectiva conceptual, ética y metodológica.

Podemos observar a lo que nos estamos refiriendo en el cuadro que nos presenta M.T. CAMPOS CABALLERO (2004: 82), elaborado a partir de diferentes documentos de la profesión y de los que recoge los principios y deberes del profesional de trabajo social. Su presencia e incidencia es mayor en los niveles micro y desciende a medida que se amplia el marco de referencia

DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES SOCIALES
INSTANCIAS SOCIALES
DEBERES FUNDAMENTALES
PRINCIPIOS
Ciudadanos, usuarios y colectividades para los que trabajan
Respeto a la Confidencialidad y Uso responsable de la información
Respeto y promoción de la Autonomía
Promoción del BIENESTAR BÁSICO de personas y colectivos vulnerables
Confidencialidad

Autodeterminación
Bienestar
Profesión y otros profesionales
Defensa de competencia e independencia científico-técnica
Colaboración y respeto entre colegas
Competencia

Colaboración y respeto
Institución contratante
Ajustamiento a la legalidad vigente y marco normativo institucional
Trato no preferencial en la gestión de recursos públicos

Eficacia en la gestión
Legalidad e Imparcialidad

Interés Público

Eficacia
Sociedad

Compromiso con la Justicia Social y la equidad en el reparto de bienes y servicios públicos
Respeto Derechos Humanos, sociales y culturales
Equidad
No Discriminación
Respeto a las diferencias
Fuente: Maria Teresa Fuentes Caballero6, p. 82


Ciertamente el trabajo social se ha pensado poco a sí mismo pero desde su trayectoria se detecta un itinerario propio, de ideas, metodología y acciones que, adecuadamente tratadas, permiten aportaciones que pueden resultar de gran interés no solamente para la aplicación ética, también para el desarrollo de la misma. Si tuviéramos que seleccionar algunos rasgos que caracterizan el PARA QUÉ de la ética en trabajo social nos podríamos fijar en:
La atención al cuidado.
La promoción de la solidaridad, más allá de la “justicia”.
La prioridad a las situaciones vulnerables.

2.a. La ética del “cuidado” en el para qué del Trabajo social

Si afirmábamos mas arriba que el trabajo social ha incidido menos en la formulación de derechos y de justicias sociales que en su aplicación, es también evidente que, en esa aplicación en situaciones vulnerables tiene una amplia experiencia operativa y vivencial de la ética del “cuidado” para la concreción de derechos y acercamiento a la justicia social.

Para L. BOFF (1999), sin esta ética del cuidado, las demás éticas pierden el suelo sobre el que se asientan, pues ellas solas no garantizan la continuidad de la vida, la dignidad de la persona y el equilibrio dinámico necesario para que continúe la aventura terrenal y cósmica. El futuro del planeta y de la especie Homo Sapiens depende del nivel del cuidado que la cultura y todas las personas hayan desarrollado.

En este sentido, nuestra vida es aprendida de la alteridad, del cuidar y ser cuidado (S. NAVARRO, 2004: 215). Cuidado no únicamente de una parte de nuestra realidad material, económica…., de todo el ser humano en su integridad, desde un imperativo holístico en el que entran la persona cuidada y el cuidador, evitando posibles contradicciones que perjudiquen a cualquiera de los que intervienen en el proceso de cuidado[4].

Tal vez por la presencia de la mujer, la ética del trabajo social se ha planteado siempre desde una ética social, que promueve además una ética del cuidado. Una ética que tenga al otro como concreto principal punto de mira y de acción desde la sensibilidad.


2.b. La ética en trabajo social para potenciar la solidaridad

El avance de los derechos y las normas para el desarrollo del bienestar, han significado un progreso evidente pero no cubren todas las dimensiones de las necesidades, como aquellas relacionadas con la soledad, el aislamiento, etc. Tampoco llegan esos derechos a todas las personas y particularmente aquellas en situaciones vulnerables. Las relaciones e interacciones satisfactorias son fundamentales para la respuesta de necesidades, bien sea en los ámbitos vinculados por lazos familiares heredados, o aquellos otros elegidos y cultivados. Y también para promover iniciativas que buscan bienestar a través de lazos y relaciones amplias y diversas. Porque “pertenecer por nacimiento a una raza o nación es menos importante que perseguir con otros la realización de un proyecto; esta tarea conjunta, libremente asumida desde una base natural, sí crea lazos comunes, sí crea comunidad” (CORTINA, 1997:253).

Y es a través de proyectos solidarios comunes, no solo económicos o regulados según normas establecidas, como se está buscando también la forma de responder a nuevas, o no tan nuevas necesidades, que frenan bienestar y calidad de vida, pero que no vienen atendidas por las administraciones; nos referimos a la soledad, la falta de comunicación, el aislamiento, la segregación….

La participación en los bienes también comunes en una sociedad de desigualdades, pasa por la distribución hacia todas las personas en el sector social, político y económico, porque todos son dueños de tales bienes. De ahí el necesario fortalecimiento de la dimensión social más allá de las fronteras de cada Estado. Para ello, en nuestro contexto, tal como nos dice A. CORTINA (1997: 257-258), es necesaria una Europa social que reclame para todos sus ciudadanos la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, y sobre todo proponerse como tarea que se protejan los derechos de todas las personas de la tierra.

De lo anterior se desprende que, éticamente, desde la responsabilidad profesional, es necesario contribuir a aprender a convivir con justicia, desde las exigencias de la dignidad humana; esto es, con justicia y solidaridad. Una solidaridad que en un mundo globalizado se expresa en triple vía (FORCANO, 2003: 777):

1. Cosmológica: porque dentro de la gran diversidad estamos unidos de tal forma que todos nos necesitemos para subsistir.

2. Política: porque venimos de una sociabilidad originaria, que nos ha revelado como insuficientes y dependientes, con necesidades de recibir y de dar, de compartir, de unirnos para conservar lo que es patrimonio común de todos. Somos los unos de los otros, tutores y responsables de la biosfera y de todo lo existente.

3. Planetaria: nuestra sociabilidad está integrada por las personas y también por las plantas, los ríos, los ecosistemas, los paisajes... Con toda justicia a esta dimensión ética de la persona la llamamos imperativo de la solidaridad”.

También aquí observamos que el trabajo social se ha situado más en la solidaridad a nivel micro sintiendo, viviendo y haciendo efectiva la solidaridad. La sistematización de la práctica y el desarrollo de la investigación permitirán sin duda incidir en otros ámbitos más amplios.

2.c. La deontología profesional para responder mejor a situaciones vulnerables

Iniciábamos afirmando que se considera importante la ética en la actualidad. Y venimos afirmando que si ello es así en general, lo es aún más cuando se trata de situaciones vulnerables en las que emergen con énfasis algunas dificultades a tener en cuenta desde la deontología profesional de trabajo social a las que se referirá esta tarde la profesora Uriz.

Algunas de estas dificultades podríamos considerarlas externas al trabajo social. Nos referimos aquí a la aplicación de los derechos humanos, personales o sociales que a veces entran en contradicción con otros derechos, a las formas de solidaridad, de subsidiariedad, de cooperación entre de sistemas de bienestar, de desigualdad de oportunidades, de diferente acceso a los recursos sociales… o los relacionados con las circunstancias derivadas de la inmigración, la interculturalidad, la tolerancia y el respeto hacia los que representan valores o comportamientos que no están tan de moda…

Estos problemas se acrecientan ante algunas situaciones como:

· La situación generalizada de escasos recursos humanos y materiales
El mal uso de los recursos o la inadecuada distribución y la incidencia de todo ello en la vulneración de dignidad y de derechos.
La respuesta a las demandas unidas a veces a la presión más que a las necesidades de las personas y a la calidad de las respuestas.
La escasez de medios administrativos públicos, privados o privados-sociales para garantizar el respeto y secreto profesional.


También hemos de considerar dificultades, que se viven desde dentro de la deontología profesional de trabajo social, como por ejemplo la confidencialidad y secreto profesional, la función de la ayuda y de control y el doble mandato profesional y social, el conflicto de intereses, el posible contraste entre valores del usuario, del profesional y de la entidad.

Cierto que los procedimientos establecidos pueden evitar errores e injusticias, pero como afirma V. CAMPS, los resultados de nuestras decisiones nunca pueden ser controladas del todo (2001, 152). Es posible el contraste entre deontología profesional y normas jurídicas u otras. Por ello, es ético sucumbir al legalismo o a la aplicación mecánica de reglas. Lo ético va más allá de lo legal. Tampoco las buenas prácticas con ser útiles sustituyen a las orientaciones éticas y deontológicas. Cuando se trata de situaciones humanas y personales, la complejidad de cada realidad ha de ser abordada sin mimetismo y sin generalizaciones despersonalizantes.

A los anteriores problemas podemos añadir otros que según los profesionales de trabajo social aparecen con más frecuencia, tal como se refleja en el estudio realizado por M.C. FUENTES CABALLERO (2004):

La aplicación de normativas y reglamentos en la gestión y tramitación de prestaciones para la cobertura de necesidades básicas, la valoración y adjudicación de plazas y servicios, la gestión y tramitación de altas médicas en servicios sociosanitarios, pautas culturales y educativas en conflicto con derechos reconocidos a la infancia…

El uso responsable de la información, por ejemplo ante enfermedades contagiosas que afectan a terceros (parejas, entidades…), utilización de datos y referencias sobre personas con condenas pasadas o actuales…

Capacidad de decidir de los usuarios, como pueden ser aplicar tratamientos médicos o intervenciones sanitarias sin consentimiento del interesado, rechazo de personas vulnerables sin apoyos sociales o en situación de maltrato físico, psicológico o económico.

A estas situaciones y otras pueden añadirse la conflictividad entre profesiones y entre profesionales y la escasa preparación ética.

Los códigos deontológicos orientan en la solución de algunos problemas éticos, pero no siempre dan solución. La creciente preocupación de los trabajadores sociales por la ética ofrece la esperanza de avanzar en los procesos profesionales adecuados ante las situaciones complejas.


BIBLIOGRAFÍA

BANKS, S. (1997): Ética y valores en el trabajo social, Ed. Paidós, Barcelona.
BOFF, L. (1996): Ecología: grito de la tierra, grito de los pobres, Trotta, Madrid.
-------- (1999): La ética del cuidado, el ethos de la sociedad futura, Éxodo (51), 76.
BERMEJO, F.J., (2002): La ética del Trabajo Social. Ética de las profesiones, Desclée De Brouwer. Bilbao.
CAMPS, V. (2001): Una vida de calidad. Reflexiones sobre bioética, Ares y Mares, Barcelona
CONSEJO GENERAL DE DTS Y AS (1999): Código de ética de la profesión de Diplomados en Trabajo Social, Madrid.
CORTINA, A. (1986): Ética de mínimos, Tecnos, Madrid.
-------- (1997): Ciudadanos del mundo. Hacia una teoría de la ciudadanía. Alianza Editorial, Madrid.
ETXEBERRÍA, X. (a) (2004): “Fundamentos y orientación ética de la protección de los derechos humanos, en Gómez Isa, F., (dir.) y Pureza, J.M.: La protección internacional de los derechos humanos en los albores del siglo XXI, Humanitarian Net, Bilbao, pp. 63 y ss.
------- (b) (2004): “Ética y discapacidad”, Siglo Cero, 35 (1), n.º 210. Pp. 68 –97.
FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE TRABAJADORES SOCIALES: Asamblea general: Documento sobre ética profesional. Colombo, Sri Lanka, julio, 1994.
FORCANO, B. (2003): “Una ética planetaria para un mundo globalizado”, en Rubio, García y Gómez de Mier: Ética cristiana hoy. Horizontes y sentido. Instituto Superior de Ciencias Morales, Madrid, pp. 473–779.
FUENTES CABALLERO, M.t. (2004): “Los conflictos éticos en la práctica de los trabajadores sociales. Una experiencia de sistematización”, en Revista de Servicios Sociales y Política Social, n.º 68, Consejo General de Diplomados en Trabajo Social, pp. 79-116. Madrid.
MARINA, J.A.,(2000): Crónicas de la ultramodernidad, Anagrama, Barcelona.
MORIN, E. (2001): Los siete saberes necesarios para la educación del futuro, Paidós, Barcelona.
NAVARRO, S., (2004): Redes sociales y construcción comunitaria, CCS, Madrid.
POGGE T. (2005 e.o. 2002): La pobreza en el mundo y los derechos humanos, Paidós Estado y Sociedad. Barcelona.
PONTICELLI, M.P. (2005), Dizionario di Servizio Sociale, Carocci, Faber, Roma.
RED VEGA, N. de la (1996): “La formación permanente en trabajo social como exigencia ética”, en Bermejo, F. J. et al.: Ética y Trabajo Social, Universidad Pontificia de Comillas, Madrid.
RUEDA ESTRADA, J. D. (1998): “Ética profesional y código deontológico”, en Revista de Servicios Sociales y Política Socia, n. º 41, Consejo General de Diplomados en Trabajo Social, Madrid.
SALCEDO MEGALES, D., (2002): “Deberes de confidencialidad e identidad del trabajo social”, en Revista de Servicios Sociales y Política Social, n. º 57, Consejo General de Diplomados en Trabajo Social, Madrid.
---------- (2003): “La ética del trabajo social en la época postmoderna”, en Fernánez y Alemán: Introducción al trabajo social, Alianza, Madrid.
TOURAINE, A. (1997): ¿Podemos vivir juntos? Iguales y diferentes, PPC, Madrid.
o (2004): Un nuevo paradigma. Para comprender el mundo de hoy, Paidós. Estado y Sociedad, Barcelona
URIZ PEMÁN, M.J. (2006): La auditoria ética en trabajo social: un instrumento para mejorar las instituciones sociales.
VERGER RAMIREZ, S. (1997): Los Derechos Humanos, Tecnos. Madrid.

[1] Alguno de los puntos que se recogen en este artículo fueron presentado por mí en le X Congreso Estatal de Trabajo Social celebrado en Las Palmas de Gran Canarias en 2004.
[2] Ya desde el alto medievo se considera que “toda ley injusta no es ley”, de modo que los derechos humanos basados en la justicia prevalecen sobre toda posible ley injusta. Del binomio justicia-derechos surge la referencia ética, produciéndose así la trilogía justicia-derechos-ética (VERGÈS 1997: 99-102).

[3] Existe un vínculo estrecho entre ética y deontología. La deontología no agota la complejidad y la diversidad de la investigación ética aplicada a un ámbito profesional o disciplinar
[4] Nos estamos refiriendo aquí a las situaciones bien conocidas de personas dependientes, en las que algunos cuidadores acaban “atrapados” por la negación de su misma realidad, en la tarea de cuidar sin atenderse a sí mismos.